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Comisión "ad hoc" "Art. 63 del Reglamento Electoral"

Normativa referente a la Comisión "ad hoc" "Art. 63 del Reglamento Electoral"

  • RESHCS-LUJ: 448/2022:
    "Art. 2°: Crear una Comisión “ad hoc” encargada de llevar a cabo la revisión del tipo de sanciones previstas por el Artículo 63 del Reglamento Electoral, para adecuar las mismas al carácter político de lo que se pretende sancionar, desvinculándolo de cuestiones académicas o salariales.-"

  • RESHCS-LUJ: 152/2023:
    "Art. 1°: Prorrogar por treinta (30) días corridos el plazo para que la Comisión “ad hoc” encargada de llevar a cabo la revisión del tipo de sanciones previstas por el Artículo 63 del Reglamento Electoral, [...] emita dictamen, el que deberá ingresar a tratamiento de la Comisión Asesora Permanente de Interpretación y Reglamento.-"